El Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay actualizó la normativa que regula los gastos de las misiones diplomáticas en el exterior, en el marco de una estrategia orientada a optimizar recursos y modernizar la gestión presupuestal del servicio exterior.


Fotografía: gub.uy 


El Poder Ejecutivo derogó el Decreto 71/991, vigente desde 1991, que establecía los criterios para arrendamientos de viviendas y residencias oficiales de funcionarios diplomáticos. La nueva reglamentación, que rige desde el 1º de enero de 2026, redefine cómo se imputan y autorizan los gastos de alquiler tanto en embajadas como en consulados y residencias oficiales.

Según el texto oficial publicado por Presidencia, el objetivo es actualizar una normativa que había quedado desfasada frente a los valores actuales del mercado inmobiliario internacional y establecer criterios más claros para la administración de los recursos públicos en el exterior. La normativa permite fijar topes y condiciones diferenciadas según el destino, especialmente en ciudades con alto costo de vida.


En paralelo, trascendió en la prensa que Cancillería estaría evaluando la venta de algunas residencias diplomáticas, entre ellas las ubicadas en Madrid, Lima y Washington, como parte de un plan de reducción de gastos. Sin embargo, esa decisión no surge explícitamente del decreto publicado y hasta el momento no se difundió un comunicado oficial detallando operaciones concretas de venta.


El Ministerio de Relaciones Exteriores señaló que los cambios buscan mejorar la eficiencia del servicio exterior sin afectar el funcionamiento de las representaciones diplomáticas.


Félix Eduardo Cañizalez


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